La Junta regula la venta directa de productos agrarios en Andalucía

www.diariodecordoba.com 7/11/2016

Agricultura recoge más de una veintena de alimentos que se pueden vender. El titular de la explotación o recolector se deberá inscribir en un registro.

Aceitunas de mesa, bellotas, caracoles de granja, espárragos, huevos o miel son algunos de los 22 productos primarios que se podrán vender de manera directa entre agricultor o recolector y los consumidores sin necesidad de intermediarios. La Junta de Andalucía publicó el 2 de noviembre en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) un decreto que viene a poner orden en el suministro directo de los productos primarios entre los consumidores con el objetivo de respetar los principios básicos de la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores. Este decreto permite ya vender productos de manera directa desde las explotaciones, con lo que miles de pequeños agricultures y ganaderos también pueden mejorar sus ingresos respecto a lo que recibirían de un intermediario. Esta normativa, según explica la Consejería de Agricultura, era muy demandada por el sector, sobre todo en el caso de la producción ecológica. Además, se da respuesta a una práctica que tiene una gran implantación en Andalucía.

Para poder acogerse a este decreto los titulares de las explotaciones y los recolectores han de comunicar a la Consejería de Agricultura su intención de vender de forma directa. Asimismo, los productores deben velar por la seguridad, inocuidad y calidad y establecer un procedimiento de gestión de la calidad, llevar apuntes de lo que venden y a quién lo entregan. Además, deberán conservar dos años como mínimo esta documentación, además de aplicar sistemas de autocontrol y buenas prácticas de higiene. En el caso de los consumidores, se beneficiarán de una relación comercial más cercana.

En el decreto se recoge la cantidad máxima que se puede vender de estos 22 productos agrarios y forestales sin transformar. Así, se fija un máximo de 4.000 kilos de aceituna de mesa por agricultor al año, 5.000 kilos de bellotas o 5.000 de castañas, 2.500 kilos de caracoles de granja, 10.000 kilos de cereales o 5.000 de espárragos. Hasta un máximo de 15.000 kilos se podrán vender de otras frutas. En el caso de los huevos, el máximo será de 12.000 unidades, mientras que se permite la venta de 3.000 kilos de miel, 20.000 kilos de patatas o 12.000 de setas cultivadas y 2.000 de setas silvestres.

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